¿Qué es el contrato de formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia es el contrato laboral que más ventajas aporta a tu empresa y la mejor alternativa al contrato temporal.

Esta modalidad de contrato te permitirá reforzar tu plantilla con jóvenes talentos de entre 16 y 30 años combinando empleo y formación online vinculada al Catálogo de Especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo. Además, podrás realizar contratos de 3 meses a 2 años, aplicar una reducción de las cuotas en los seguros sociales y, según la Comunidad Autónoma, podrás recibir ayudas adicionales.

El contrato de formación en alternancia entró en vigor el 30 de marzo de 2022, conforme a la nueva tipología de contratos formativos regulada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
 

Características del contrato de formación

  • ¿A quién se puede contratar?: jóvenes desempleados mayores de 16 y menores de 30 años cuando el contrato esté vinculado a especialidades formativas o a un certificado de profesionalidad de nivel 1 y 2. Este límite no se aplica para certificados de profesionalidad de nivel 3 y personas con discapacidad reconocida.
  • Duración: la duración mínima será de 3 meses prorrogable hasta un máximo de 2 años.
  • Periodo de prueba: no existe periodo de prueba tras la Reforma Laboral.
  • Jornada: el contrato de formación podrá ser a jornada completa o parcial. Durante el primer año, el 65% será de trabajo efectivo y el 35% se dedica a la formación teórica. A partir del segundo año, el 85% del
  • tiempo se dedicará a la actividad laboral retribuida y el 15% restante a la actividad formativa.
  • Horario: el horario no puede ser a turnos, no se puede establecer un horario nocturno y tampoco se permiten las horas extras (excepto aquellas que vienen recogidas en el convenio aplicable).
  • Salario: salario según convenio, nunca inferior al salario mínimo interprofesional y en proporción al tiempo de trabajo efectivo (SMI para el año 2024: 1.134€/mes en 14 pagas).
  • Modalidad: formación teórica en modalidad teleformación. El trabajador recibirá formación del Catálogo de Especialidades sobre la ocupación que desempeña en su puesto de trabajo, impartida por Femxa.
  • Formación oficial: cualificación profesional acreditable por el SEPE.

 

Requisitos del contrato de formación

Tanto las empresas como los trabajadores tienen una serie de requisitos que cumplir a la hora de realizar un contrato para la formación.
Para el trabajador:
  • Estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo (para que la empresa acceda a las bonificaciones).
  • Sin cualificación profesional previa relacionada con el puesto a desempeñar.
  • Edad: entre 16 y 30 años. Este límite no se aplica para Certificados Profesionales de nivel 3 y personas con discapacidad reconocida.
  • No haber desempeñado ese puesto en la misma empresa con anterioridad y por tiempo superior a 6 meses.
  • Estar comprometido a realizar la formación.
  • Contar con acceso a internet.
  • Disponer de las competencias tecnológicas básicas para poder realizar una formación online.
  • No haber trabajado con un contrato indefinido en los últimos 24 meses en un contrato a jornada completa, o en los últimos seis meses en un contrato a jornada parcial.
  • No proceder de un contrato indefinido vigente en los tres meses previos.
Para la empresa:
  • No tener deuda con Hacienda o la Seguridad Social
  • No haber sido sancionada.
  • Debe comprometerse a respetar el horario de trabajo efectivo y de formación.
  • Proporcionar al trabajador los medios necesarios para que éste lleve a cabo su actividad formativa.
  • Asignar a una persona en la empresa con la cualificación y experiencia profesional adecuada que tutorice la evolución del trabajador y realice el seguimiento de la actividad laboral.
  • No haber realizado un despido colectivo (ERE) o improcedente (vía judicial). Debe esperar 12 meses.
  • Tener un Plan de Igualdad vigente en empresas de al menos 50 trabajadores desde el 1 de septiembre de 2023.
Recomendamos revisar las exclusiones a las Bonificaciones de la Seguridad Social previstas en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

 

Normativa aplicable

 

¿Por qué con Femxa?

En Femxa diseñamos soluciones ad hoc para empresas que necesitan incorporar a sus equipos profesionales formados para un puesto de trabajo concreto. Promovemos la formación en alternancia convencidos de que esta modalidad es clave para la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas de nuestro país.
  • Somos centro inscrito en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para impartir las Especialidades Formativas incluidas en los itinerarios vinculados a cada ocupación profesional.
  • Asesoramiento personalizado durante todo el proceso. Te ayudamos con todas las gestiones.
  • Tramitación ágil. Alta inmediata del contrato, sin solicitud previa.
  • Respondemos de nuestra formación y tutores, todo se realiza según la normativa.
  • Tutorización y seguimiento de la formación desde el primer momento.
  • Selección de candidatos para tu contrato de formación.
  • Soporte técnico y asesoramiento con relación a la plataforma.
  • Somos miembros adheridos a la Alianza para la FP Dual, lo que garantiza nuestro compromiso con la formación y la mejora de la empleabilidad de los jóvenes.