Tras la publicación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se implementaron medidas económicas y sociales extraordinarias para mitigar el impacto del COVID-19. Estas medidas buscan evitar un impacto económico prolongado más allá de la crisis sanitaria, priorizando la protección de familias, personas autónomas y empresas más afectadas.
La medida recogida en el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020, tiene sus repercusiones en todas las modalidades de contratos, con lo cual también afecta al Contrato de Formación y Aprendizaje. Esta modalidad contractual también se ve afectada por otras variables, como límite de edad, actividad profesional formalizada en el contrato u horas de formación aplicadas por lo que vemos necesario aclarar las implicaciones del cambio del SMI en todos estos factores.
En el 2019, la base de cotización subió de los 858.60 € a los 1.050 €, a causa de la subida del Salario Mínimo Interprofesional, que ha sido establecida para este año en 900 € al mes.
Otra novedad, en relación a estos contratos, es que este año el Real Decreto Ley 28/2018 establece la exención de cotizar por formación profesional. En este post os informamos de las cuantías que corresponden a las diferentes contingencias.