Novedades 2020 en el contrato de formación: SMI y Bases de cotización

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Jueves, 05 Marzo 2020 08:05;
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La medida recogida en el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020, tiene sus repercusiones en todas las modalidades de contratos, con lo cual también afecta al  Contrato de Formación y Aprendizaje. Esta modalidad contractual también se ve afectada por otras variables, como límite de edad, actividad profesional formalizada en el contrato u horas de formación aplicadas por lo que vemos necesario aclarar las implicaciones del cambio del SMI en todos estos factores.

Novedades en el contrato de formación

En el año 2019 ya veníamos de una subida del SMI de 735,90 € a 900 €, pues bien, para este año 2020 el SMI ha experimentado una nueva subida de los 900€ a los 950 €, tras el acuerdo del Gobierno con Patronal y Sindicatos, y se ha fijado la subida en 31,66€/día o 950€/mes para trabajos a jornada completa y 14 pagas.

Aumento del SMI

Esto supone un aumento del 5.5% con respecto al año anterior y está previsto que afecte a más de 2 millones de trabajadores (fijos, eventuales, temporeros y empleados del hogar con un sueldo bruto anual menor a los 13.300€).

El Contrato de Formación y Aprendizaje en su normativa establece que el salario a percibir por el trabajador nunca puede ser inferior al SMI. Además, el salario debe ser proporcional al tiempo de trabajo efectivo, es decir, en el caso del Contrato de Formación, el 75% del tiempo total en el primer año de Contrato y el 85% en la primera y segunda prórroga. Por tanto, el trabajador no recibe un sueldo por jornada completa, sino por el tiempo de trabajo efectivo.

 

Las horas de formación no estarían afectadas por dicha subida puesto que éstas no están remuneradas. Veamos todo esto en números:

  Primer año Primera Prórroga Segunda Prórroga
% Tiempo efectivo de trabajo 75% 85% 85%
Horas de trabajo semanal 30 34 34
Salario 712,50 € 817 € 817 €

 

Base de cotización en la Seguridad Social para el Contrato de formación y Aprendizaje:

Una subida en el SMI conlleva una subida en las bases de cotización en la Seguridad Social, sin embargo, hasta nueva Orden Ministerial, que normalmente suele publicarse a finales del mes de enero y que fija los máximos y los mínimos de las bases de cotización para las distintas categorías profesionales, la base mínima de cotización del contrato de formación para 2020 será la misma que en 2019:

Base de Cotización

Mensual

Diaria

1.050 €

35 €

 

 

 

La cotización a la Seguridad Social por los contratos de formación consistirá en una cuota única mensual distribuida de la siguiente forma:

Concepto

Empresa

Trabajador

Total

Por Contingencias Comunes

42,56 €

8,49 €

51,05 €

Por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

IT 3,27€

(Incapacidad Temporal)

 

5,85 €

 IMS 2,58 €

(Incapacidad, Muerte y Supervivencia)

Desempleo (*)

57,75 €

16,28 €

74,03 €

Fondo de Garantía Salarial

3,23 €

 

3,23 €

TOTAL

                    134,16 €

 

 Así, en el contrato de formación y aprendizaje la cuantía total a aplicar desde enero de 2020 por los seguros sociales será de 134,16 €.

Estamos, por tanto, a la espera de la publicación de dicha nueva Orden Ministerial para ver cómo quedan finalmente las bases de cotización para este año 2020 y, concretamente, para ver cómo resultarán para el Contrato de Formación y Aprendizaje, para el que está previsto que el tope mínimo de cotización se actualice a 1.108,33€ mensuales, frente a los 1.050,00€ mensuales que marcaba el SMI en 2019.

Esperamos nueva normativa, tras la cual os actualizaremos los datos. ¡Permananeced atentos al blog de contratos, como punto de referencia para asesorías y centros de formación y a las redes sociales de Grupo Femxa!